Trataremos en esta entrada una de los fenómenos que más calado ha tenido en las relaciones laborales en los últimos años. Nos referimos a lo que se ha venido llamando "Flexiseguridad" o "Flexiguridad".
Como ya podemos imaginar el concepto deviene de la unión de los conceptos flexibilidad y seguridad, y tiene su origen en los Países Bajos, específicamente en el año 1995 a raíz de una nota del Ministro de Trabajo Ad Melkert, titulada "Flexibilidad y Seguridad".
Es relevante el caso de Dinamarca, país que lo utiliza por primera vez el concepto en el año 1999 en una publicación del Ministerio de Trabajo, donde se describe el famoso "Triángulo de Oro":
Según "La flexiseguridad laboral en España" de Fernando Valdés Dal-Ré y Jesús Lahera Forteza, en la Unión Europea la relación entre flexibilidad y seguridad se debe plantear no como tradicionalmente se ha venido entendiendo esto es, como oposición o enfrentamiento, sino que debe surgir una nueva lógica de convergencia y co-existencia (página 5).
La flexiseguridad "puede y debe" aplicarse en torno a cuatro ejes articulantes:
- Disposiciones contractuales flexibles y fiables.
- Estrategias globales de aprendizaje permanente.
- Políticas activas del mercado laboral eficaces.
- Sistemas de seguridad social modernos.
En este contexto, las políticas de flexiseguridad tiene como objetivo:
- Han de adoptar dichos ejes, y "han de mejorar cuantitativa y cualitativamente el empleo, la adaptabilidad y la cohesión social".
- "Han de sustentarse en un equilibrio entre derechos y responsabilidades de empresarios, trabajadores, solicitantes de empleo y autoridades públicas."
- "Han de adaptarse a la concreta situación de cada mercado de trabajo."
- "Han de reducir la brecha abierta entre los que están dentro del mercado laboral y los que están fuera de él."
- "Han de apoyar las medidas de flexibilidad interna, facilitando la movilidad, una buena organización de trabajo y la mejora continua de las capacidades."
- "Han de fomentar la igualdad de género."
- "Requieren un clima de confianza y diálogo entre las autoridades públicas y los interlocutores sociales."
- "Tienen repercusiones presupuestarias que deberían perseguir una distribución justa de los costes y beneficios."
En este contexto trataremos el caso español porque supone un caso paradigmático de aplicación de la flexiseguridad en determinados momentos, mientras que en otros se adopta la reducción de la seguridad, ampliando la flexibilidad.
El modelo español se podría definir como una inflexibilidad insegura con flexibilidad singular (página 6). Se han utilizado por un lado las técnicas de privatización de las ganancias, y la socialización de las pérdidas ( basta con observar el gran enriquecimiento de unos pocos y la socialización de las pérdidas cuando cajas de ahorros y demás han quebrado).
"La socialización del riesgo ha ido dirigida a canalizar o a suavizar la destrucción de empleo, lo que, junto con una escasa negociación colectiva de los ajustes de plantilla y una pobre inversión en los servicios públicos de empleo, ha dinamitado cualquier equilibrio posible entre flexibilidad laboral y seguridad en el empleo en un modelo, paradójicamente, con un gran gasto público y social en las relaciones laborales y en la protección por desempleo." (página 6).
Al final la flexiseguridad tiene más de flexibilización, que de aumento de la seguridad. Basta con observar las dos últimas reformas laborales para constatar dicha afirmación. Como vemos el "Triángulo de Oro" en España es más bien de cobre, o incluso de plástico.
Cabe además una última pregunta: está claro que la flexiseguridad no se está aplicando en nuestro Estado, pero ¿creéis que aplicando esas políticas/estrategias citadas ayudarían a que todas esas personas que están sumidas en la pobreza y la exclusión por la aplicación de las Reformas Laborales, pudieran ver la luz al final del túnel?
Referencias bibliográficas: Valdés Dal-Ré, Fernando y Lahera Forteza, Jesús (2010): "La flexiseguridad laboral en España", Fundación Alternativas, Madrid.
Podéis encontrar el trabajo completo y el resumen ejecutivo AQUI.
Asimismo os adjuntamos una ponencia durante las jornadas sobre Flexiseguridad organizas por Grupo FORMAR-SE, en colaboración con el Centro de Cooperación Hispano-Austriaca, donde uno de los autores (Jesús Lahera) explica este mismo tema:
No hay comentarios:
Publicar un comentario